Noticias

Anverso y Reverso de las Tarjetas Prefanqueadas

Para los amantes y coleccionistas de las tarjetas postales, lo que se ha dado en llamar cartofilia, el anverso es la parte ilustrada de la tarjeta y el reverso es la parte destinada a la escritura del texto, de las señas del destinatario y del sello para su franqueo.

El caso típico sería esta tarjeta postal del Puerto de Sada, La Coruña, donde la ilustración sería el anverso y el reverso la parte posterior destinada al franqueo, señas y datos.

Lo que parecía sencillo antaño, se fue complicando con el paso del tiempo ya que a las tarjetas postales ilustradas normales se les añadieron, a finales del siglo XIX, las tarjetas entero postales, en las que llevaban un sello impreso por una cara, con los datos para las señas, dejando el dorso para el texto, pasando en el año 1973 a las “tarjetas prefranqueadas“ (entero postales) en las que en su primera etapa, hasta el año 2013, llevaban por una cara la ilustración en su parte izquierda y en su parte derecha el franqueo impreso y el espacio para las señas del destinatario y del remitente. Su parte posterior estaba en blanco para escribir el texto que se desease.

El Diccionario Filatélico Ilustrado, editado por la Federación Española de Sociedades Filatélicas (FESOFI), al describir la “tarjeta prefranqueada” dice así;

Otra forma de denominar una tarjeta entero postal, generalmente llevan ilustración, sello y lugar de dirección en el anverso quedando el reverso en blanco, para escribir. Los sellos, en la actualidad, son copia de los ya emitidos por el correo. Anteriormente llevaban uno específico para cada tarjeta entero postal.

 Una muestra de este tipo de tarjetas es la última emitida por Correos, con fecha del 03/10/2013, cuyo anverso reproduzco seguidamente y que llevaba el reverso en blanco.

Como excepción a lo anterior, ANFIL emitió unas tarjetas, llamadas de iniciativa privada, en el año 2016 con el mismo formato que las anteriores.

Incluso la propia FESOFI ha emitido en diversos años, también como iniciativa privada, con Resolución de emisión oficial o sin ella, otras tarjetas similares a las que describo a continuación, si bien las denominaban como “tarjeta enteropostal” y generalmente se emitían con ocasión de la celebración de sus exposiciones territoriales.

Volviendo a las oficiales, las emitidas por Correos, aparecieron allá por el año 1995 las llamadas “tarjetas de correo” que han perdurado hasta nuestros días. Estas tarjetas que no dejan de ser también unas “tarjetas prefranqueadas” y muchas veces en las Resoluciones de emisión se emplean ambos términos.

Una muestra de este tipo de tarjeta, aunque no es la que incluye el Diccionario, es la reproducida a continuación y que se emitió con fecha del 14/05/2016:

Esta tarjeta, curiosamente, si tuvo su pertinente Resolución de emisión (BOE del 10/05/2016) que en la parte que nos interesa dice así:

Vemos que, en este caso, indican que en el anverso van las ilustraciones de la tarjeta, dejando, lógicamente, aunque no lo especifican, el reverso para el signo de franqueo.

Con relación a las “tarjetas del correo”, el comentado Diccionario Filatélico Ilustrado de FESOFI, las define así:

Son tarjetas entero postales ilustradas en su anverso que llevan un signo de franqueo, generalmente un sello, impreso en el dorso. En la actualidad, en España se imprimen con un facial valido para, diferentes tarifas.

Todas estas tarjetas son emitidas por el Correos español.

Emitiéndose también, tarjetas personalizadas, según directrices privadas del comprador. Estas tarjetas privadas llevan sellos genéricos, no reproducciones de sellos emitidos anteriormente, de las oficiales.

Para Correos, que es la entidad que emite este tipo de tarjetas, siempre se ha considerado que el anverso es la cara donde va el franqueo y las señas del destinatario, pudiendo ir los datos del remitente o, incluso, alguna ilustración. Lo tienen bastante claro.

Por ejemplo, al determinar las características de los sobres o tarjetas que son susceptibles de normalización en los envíos, establece que:

Colocación de direcciones Destinatario: en el lado derecho del envío, debajo del espacio para el franqueo, y en el sentido longitudinal. Remitente: en el reverso o en la parte superior izquierda del anverso
Franqueo Situado en el ángulo superior derecho del anverso

Esta aparente controversia entre la consideración de lo que es anverso y reverso se podría discernir recurriendo a las Resoluciones de emisión que, al igual que lo sellos, son dictadas, de forma conjunta, por las Subsecretarías de los Ministerios de Trasportes, Movilidad y Agenda Urbana y de Hacienda, actualmente, o con las denominaciones oficiales que tuvieran en años anteriores.

Antes que nada, destaco que en estas Resoluciones se indica, de forma general, que se emite una tarjeta prefranqueada del tipo “tarjeta del correo”, por lo que vemos que lo genérico es la “tarjeta prefranqueada, pudiendo ser de varios tipos, como por ejemplo “tarjeta entero postal” o “tarjeta del correo”.

Pues bien, curiosamente, los textos oficiales tampoco aclaran mucho que digamos esta cuestión ya que, si repasamos las resoluciones de emisión desde el año 2015 hasta la primera del año 2021 (emitida el 21/01/2021 con motivo del Coliseo Romano, 45 casos estudiados, nos encontramos con tres circunstancias distintas. A saber:

  • CASO 1. No se menciona lo que va en el anverso y en el reverso.

Esta situación ocurre en todas las Resoluciones de emisión de las tarjetas de los años 2015, 2016 (salvo la emitida el 22/04/2016) y 2017 y dos de las emitidas en el año 2018 (las del 01/03/2018 y 16/04/2018).

22 casos en total.

A modo de ejemplo, muestro el detalle de la Resolución aparecida en el BOE del 24/09/2015 referida a la tarjeta emitida con fecha del 29/10/2015.

Se observa que no se indica nada de lo que es el anverso y el reverso de la misma.

Y esta es la imagen distribuida por Correos, donde se observa claramente lo que ellos consideran reverso y anverso.

  • CASO 2. Se indica de forma errónea los que es anverso y reverso.

Esta situación ocurre en las Resoluciones de emisión de las tarjetas emitidas el 22/04/2016, 29/04/2018, 22/03/2019, 07/05/2019, 14/06/2019, 14/09/2020 (la de Correos), 14/09/2020 (la de FESOFI), 21/09/2020, 01/10/2020 y 28/10/2020).

10 casos en total.

A modo de ejemplo, muestro el detalle de la Resolución aparecida en el BOE del 19/03/2019 referida a la tarjeta emitida con fecha del 22/03/2019.

Se observa que indican, de forma errónea, que el anverso está ilustrado con una imagen del Edificio Villanueva y la Puerta de Goya del Museo del Prado, con lo que, lógicamente, el signo del franqueo debe ir en el reverso aunque no lo especifican.

Y esta es la imagen distribuida por Correos, donde se observa claramente que el signo del franqueo va en el anverso y que la ilustración va en el reverso.

  • CASO 3. Se indica de forma correcta los que es anverso y reverso.

Esta situación ocurre en las Resoluciones de emisión de las tarjetas emitidas el 29/06/2018, 10/09/2018 (dos), 24/09/2018, 31/10/2018, 19/09/2019, 17/10/2019, 05/11/2019, 06/11/2019, 14/01/2020, 26/06/2020, 30/06/2020 y 21/01/2021.

13 casos en total.

A modo de ejemplo, muestro el detalle de la Resolución aparecida en el BOE del 16/01/2021 referida a la tarjeta emitida con fecha del 21/01/2021.

Se observa que indican, de forma correcta que el signo de franqueo va en el anverso, dejando la ilustración para el reverso.

Y esta es la imagen distribuida por Correos, donde se observa claramente que, conforme a la Resolución de emisión, el signo del franqueo va en el anverso y que la ilustración va en el reverso.

Como conclusión más evidente, nos tenemos que ratificar en que el anverso está destinado al lugar donde va el signo de franqueo y las señas del destinatario, pudiendo llevar un espacio para el texto y el remite. El reverso, por consiguiente, es el lugar destinado a la ilustración de la tarjeta.

De forma colateral, como hemos visto, nos encontramos con 12 casos en los que la Resolución de emisión no cumple con la realidad de la emisión, cosa menor que no ha sido motivo de una corrección de errores y que seguramente habrá pasado desapercibida para el conjunto de los aficionados a esta rama tan particular de la filatelia, llamada cartofilia,

Eso sí, sería de desear que en el futuro todas las Resoluciones de emisión tuviesen sus disposiciones relativas a las descripciones de los anversos y reversos acordes con la realidad de la emisión.

Son pequeños detalles, que marcan la excelencia de las cosas.

Evaristo Alfaro Gómez

Presidente de la Federación Centro de Sociedades Filatélicas (FECESFI) y de la Comisión de Biblioteca de la FESOFI.

0